ACCESIBILIDAD EN LAS ELECCIONES DEL 20 DE DICIEMBRE DE 2015

Si necesitas información acerca del voto accesible de las personas con discapacidad visual o ciegas en España, puedes leerte esta guía editada por el CERMI (Comité español de Representantes de Personas con Discapacidad)
DESCARGA: GUIA ELECCIONES 2015
Aquí os presentamos un breve resumen de las facilidades con las que el colectivo de discapacidad visual puede contar y de las directrices básicas de ayuda y soporte a dicho colectivo.
El derecho al voto está regulado según la ORDEN INT/3817/2007, de 21 de diciembre, por la que se desarrolla el procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio, regulado en el Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre
I. Locales electorales y mesas electorales accesibles.
Los locales electorales, y las mesas electorales (propuestos por los Ayuntamientos a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral) deberán ser accesibles y dispondrán de un espacio, accesible y adecuado, situado lo más cerca posible de la mesa electoral en la que le corresponda votar al elector. En ese lugar se darán las condiciones de privacidad necesarias para que el elector pueda elegir su opción de voto en secreto.
II. Miembros de las mesas electorales.
Los miembros de las mesas electorales velarán por que los electores con discapacidad puedan ejercer su derecho de voto con la mayor autonomía posible adoptando para ello los ajustes razonables que resulten necesarios.
III. Procedimiento de votación accesible.
Entrega en la mesa electoral de documentación complementaria en braille para electores ciegos o con discapacidad visual grave que lo hayan solicitado en tiempo y forma. (tfno. gratuito ministerio del interior 900 150 000)
Si en una mesa electoral va a votar una persona ciega que lo hubiese comunicado al teléfono gratuito del Ministerio del Interior (900 150 000), de acuerdo con la normativa en vigor, su deseo de utilizar el voto accesible, en la mesa deberá haber:
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Un listado con el DNI de los electores que hayan solicitado el voto accesible.
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El correspondiente kit/maletín de votación accesible para las Elecciones a Cortes Generales contiene:
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Una guía explicativa en braille.
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Un sobre de votación normalizado, no rotulado en braille, para las Elecciones al Senado.
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Una plantilla troquelada dentro de la cual está la papeleta electoral estándar para las Elecciones al Senado.
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Un listado, en Braille, con los nombres de los candidatos y candidatas al Senado.
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Un sobre grande con una etiqueta en braille y tinta que dice “Elecciones al Congreso de los Diputados”. Este sobre grande contiene:
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Un sobre pequeño (tamaño cuartilla) por cada candidatura que concurra a las Elecciones al Congreso de los Diputados en la correspondiente circunscripción electoral.
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Cada uno de esos sobres pequeños tiene pegada una etiqueta en la que consta, en braille y tinta, el nombre y las siglas de la candidatura cuya papeleta electoral (estándar, no en braille) está dentro.
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Un sobre de votación normalizado, no rotulado en braille, para las Elecciones al Congreso de los Diputados.
IV. Recomendaciones generales: las personas con discapacidad y la jornada electoral.
1. Actúe con naturalidad y respeto.
Las personas con discapacidad son personas autónomas e independientes y como tales han de ser tratadas.
2. Pregunte antes de ayudar.
3. Utilice el sentido común.
Si se forma una cola a la hora de votar se recomienda que los electores con discapacidad tengan preferencia para emitir su voto.
Los perros-guía, y los perros de asistencia para personas con discapacidad, serán siempre admitidos, no podrán ser separados de la persona que los necesita y no serán molestados, ni distraídos.
4. Sea cauto con el contacto físico.
5. El acceso al local electoral y el itinerario hasta la mesa electoral: acompañamiento e información.
A petición de los electores/ las electoras con discapacidad, solo cuando lo soliciten, en la entrada al local electoral, el representante de la Administración o los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán acompañarles en el itinerario hasta la mesa electoral correspondiente.
Si se trata de una persona con discapacidad visual, se le puede ofrecer que se sujete a nuestro brazo. En este caso, adaptaremos nuestro paso al de la persona con discapacidad visual y teniendo en cuenta las características del medio por el que nos desplacemos, para que camine cómodamente.
V. Pautas para facilitar la comunicación: comuníquese con claridad.
Cuando la interacción sea con una persona con discapacidad visual, evite el uso de indicaciones genéricas como “aquí”, “allí”, “esto”… En estos casos, es preferible emplear expresiones más orientativas, como: “a su izquierda”, “detrás de usted”.
En el caso de que se desee dar información sobre un objeto, se puede conducir, previo aviso, la mano de la persona con discapacidad visual hacia el objeto sobre el que le está dando información, e indicarle de qué se trata.
Si estamos hablando con una persona con discapacidad visual, le avisaremos si vamos a ausentarnos ya que, de lo contrario, puede seguir dirigiéndose a nosotros pensando que aún permanecemos a su lado. Del mismo modo, si regresamos, es conveniente indicárselo.
Verifique que la persona con discapacidad ha comprendido lo que trata de comunicarle.
Más información: http://www.infoelectoral.interior.es/
Publicado por D.O.C.E. (Discapacitados Otros Ciegos de España)